Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018: Resumen ejecutivo

El pasado 23 de octubre de 2018, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo- Identificación, Análisis y Prevención, el objetivo de la norma es establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los Factores de Riesgo Psicosocial, considerando estos factores como los “que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado”

La Norma Oficial Mexicana 035 es de aplicación obligatoria para todos los Centros de Trabajo en el país, de conformidad con lo siguiente:


a) Los Centros de Trabajo con hasta quince trabajadores, deberán cumplir con las siguientes disposiciones:
• Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y en su caso canalizarlos para su atención a la Institución de Seguridad Social o Privada correspondiente.
• Contar con una política de Prevención de Riesgos Psicosociales.
• Adoptar medidas de prevención y control de los Factores de Riesgo Psicosocial, la promoción de un entorno organizacional favorable, así como atender cualquier práctica opuesta a lo antes mencionado.
• Informar y difundir a los trabajadores de la Política de Prevención de Riesgos Psicosociales, medidas adoptadas para combatir prácticas opuestas, mecanismos para presentar quejas y denuncias por actos de violencia laboral.

b) Los Centros de Trabajo en los que laboren entre dieciséis y cincuenta trabajadores deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

• Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y en su caso canalizarlos para su atención a la Institución de Seguridad Social o Privada correspondiente.
• Identificación y Análisis de los Factores de Riesgo Psicosocial en el Centro de Trabajo.
• Contar con una política de Prevención de Riesgos Psicosociales.
• Adoptar medidas de prevención y control de los Factores de Riesgo Psicosocial, la promoción de un entorno organizacional favorable, así como atender cualquier práctica opuesta a lo antes mencionado.
• Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o factores de riesgo psicosocial.
• Informar y difundir a los trabajadores de la Política de Prevención de Riesgos Psicosociales, medidas adoptadas para combatir prácticas opuestas, mecanismos para presentar quejas y denuncias por actos de violencia laboral.
• Llevar los registros sobre los resultados de la identificación y análisis de los Factores de Riesgo Psicosocial, las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los Factores de Riesgo Psicosocial y evaluación del
entorno organizacional lo señale y los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.

c) Los Centros de Trabajo en los que laboren más de cincuenta trabajadores, deberán de cumplir con las disposiciones siguientes:


• Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y en su caso canalizarlos para su atención a la Institución de Seguridad Social o Privada correspondiente.
• Identificar los Factores de Riesgo Psicosocial y evaluar el entorno organizacional en los Centros de Trabajo, dicha evaluación deberá contener:


❖ El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa.
❖ La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas.
❖ La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores.
❖ La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores.
❖ La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares, y
❖ La evaluación y el reconocimiento del desempeño.


• Contar con una política de Prevención de Riesgos Psicosociales.
• Adoptar medidas de prevención y control de los Factores de Riesgo Psicosocial, la promoción de un entorno organizacional favorable, así como atender cualquier práctica opuesta a lo antes mencionado.
• Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o factores de riesgo psicosocial.
• Informar y difundir a los trabajadores de la Política de Prevención de Riesgo Psicosociales, medidas adoptadas para combatir prácticas opuestas, mecanismos para presentar quejas y denuncias por actos de violencia laboral.
• Llevar los registros sobre los resultados de la identificación y análisis de los Factores de Riesgo Psicosocial, las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los Factores de Riesgo Psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale y los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.

Medidas de prevención y acciones de control de los Factores de Riesgo Psicosocial.


• Crear acciones que impulsen el apoyo social, difusión de la información relativa y capacitación.
• Establecer mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas y denuncias por actos de violencia laboral.
• Realizar acciones que promuevan el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización; la capacitación para la adecuada realización de las tareas encomendadas; la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización; la participación proactiva y comunicación entre sus integrantes; la distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulare conforme a la Ley Federal del Trabajo y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.

La Norma en estudio impone a los trabajadores las siguientes obligaciones.


• Observar las medidas de prevención, colaborar para contar con un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral.
• No realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral.
• Participar en la identificación y evaluación de los Factores de Riesgo Psicosocial.
• Informar por escrito al patrón o través de la Comisión de Seguridad e Higiene en caso de haber presenciado o sufrido un Acontecimiento Traumático Severo.
• Participar en los eventos de información que imparta el patrón.
• Someterse a los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas que determina la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018.

Por su parte las obligaciones de los Patrones van de acuerdo con el número de trabajadores que tenga cada Centro de Trabajo y que han quedado detalladas en los incisos a), b) y c) anteriores.

Beneficios de la Norma para los Centros de trabajo.


• Crea un ambiente de trabajo a favor de la diversidad, igualdad e inclusión que atrae y retiene talento.
• Disminuye la discriminación y la violencia laboral.
• Obtiene puntos adicionales en caso de participar en licitaciones públicas.
• Genera mayor compromiso y lealtad de los trabajadores.
• Crea una imagen positiva del Centro de Trabajo.
• Promueve el equilibrio entre las responsabilidades laborales, familiares y personales.

Toda vez que la Norma 035-2018-STPS solicita a los patrones obtener, recabar y transmitir datos personales de salud de los trabajadores, por acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo, practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas, así como llevar el registro de los trabajadores a los que se les practicaron exámenes o evaluaciones clínicas es necesario obtener su consentimiento a través de los avisos de privacidad correspondientes debidamente actualizados.

Asimismo y de manera eventual el Patrón estaría obligado a compartir dichos Datos Personales con diversos destinatarios como podrían ser en forma enunciativa más no limitativa el Servicio de Administración Tributaria, la Secretaría de Salud, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el IMSS, el INFONAVIT, entre otros.


Con el fin de tener una mejor comprensión de la NOM 035, debemos de entender por:


• Acontecimiento traumático severo: Aquel experimentado durante o con motivo del trabajo que se caracteriza por la ocurrencia de la muerte o que representa un peligro real para la integridad física de una o varias personas y que puede generar trastorno de estrés postraumático para quien lo sufre o lo presencia. Algunos ejemplos son: explosiones, derrumbes, incendios de gran magnitud; accidentes graves o mortales, asaltos con violencia, secuestros y homicidios, entre otros.


• Apoyo social: Las acciones para mejorar las relaciones sociales en el trabajo en las que se promueve el apoyo mutuo en la solución de problemas de trabajo entre trabajadores, superiores y/o subordinados. Algunos ejemplos de medidas para constituir un apoyo social práctico y oportuno en el lugar de trabajo son: afianzar la relación supervisores-trabajadores; propiciar la ayuda mutua entre los trabajadores; fomentar las actividades culturales y del deporte, y proporcionar ayuda directa cuando sea necesario, entre otros.


• Diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo: La identificación de las condiciones inseguras o peligrosas; de los agentes físicos, químicos o biológicos o de los factores de riesgo ergonómico o psicosocial capaces de modificar las condiciones del ambiente laboral; de los peligros circundantes al centro de trabajo, así como de los requerimientos normativos en materia de seguridad y salud en el trabajo que resulten aplicables.

• Factores de Riesgo Psicosocial: Aquellos que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada de trabajo y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral al trabajador, por el trabajo desarrollado.


• Violencia laboral: Aquellos actos de hostigamiento, acoso o malos tratos en contra del trabajador, que pueden dañar su integridad o salud.

La Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018, entrará en vigor el próximo 23 de octubre del año en curso, pero no en su totalidad, toda vez que el capítulo 7 de la misma relativo a la Identificación y análisis de los factores de Riesgo Psicosocial y evaluación del entorno organizacional, entrarán en vigor hasta el día 23 de octubre de 2020.