NOTA INFORMATIVA EN MATERIA DE SUBCONTRATACIÓN

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO DEL DECRETO EN MATERIA DE SUBCONTRATACIÓN LABORAL PUBLICADO EN EL DOF EL 23 DE ABRIL DE 2021.

26 DE JULIO DE 2021

*Lic. Diana Villalobos.

El pasado 21 de julio de 2021, la Senadora Kenia López Rabadán, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional sometió a la consideración del Senado de la República la iniciativa con proyecto de decreto por el que se pretende reformar el Artículo Primero Transitorio del Decreto en Materia de Subcontratación publicado en el Diario Oficial de la Federación en el mes de abril por el Presidente de la República y a través del cual se reformaron, adicionaron y derogaron, diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social, Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, Código Fiscal de la Federación, Ley de Impuesto Sobre la Renta, Ley de Impuesto al Valor Agregado y Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamentaría del Apartado B) del artículo 123 Constitucional.

En su exposición de motivos la Senadora explica que “lo que busca esta iniciativa es que haya un trato justo para las empresas, de modo que estas tengan el tiempo suficiente para realizar todos los ajustes que esta reforma conlleva y así afectar lo menor posible en sus operaciones …. Para ello esta iniciativa busca ampliar el plazo establecido para la entrada en vigor de los artículos Cuarto, Quinto y Sexto (sic) del decreto en materia de subcontratación laboral referido …”

En virtud de que la Senadora López Rabadán propone que la entrada en vigor de los artículos cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo de la reforma sea el próximo 1 de enero de 2022, el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión de 23 de julio de 2021, emitió un comunicado en el que da a conocer que prorrogó los plazos para el cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social; esta decisión del Consejo Técnico responde al proceso legislativo en curso en el Congreso en torno a la iniciativa para reformar el Decreto en Materia de Subcontratación laboral y, en este sentido por lo que corresponde al Instituto los plazos de 90 días naturales establecidos en los artículos Quinto, Sexto y Séptimo Transitorios del Decreto en Materia de Subcontratación Laboral se prorrogan hasta en tanto se apruebe y entre en vigor la ampliación planteada en dicha iniciativa o aquella que el Congreso de la Unión resuelva aprobar finalmente.